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CAMBIO INTRODUCIDO EN UNA ENMIENDA

El PP propone sacar del Código Penal la libertad vigilada para maltratadores y asesinos

La libertad vigilada prevista hasta el momento en el proyecto de reforma del Código Penalen supuestos como los asesinatos graves o la violencia de género desaparecerá previsiblemente de la norma después de que el grupo parlamentario popular en el Senado haya solicitado su supresión a través de una enmienda registrada en la cámara alta. La nueva medida estaba prevista para el cumplimiento posterior a la condena de cárcel y suponía un control judicial que implicaba la localización permanente, comparecencias periódicas y la prohibición de no aproximarse a la víctima.

El PP ha presentado varias enmiendas al proyecto de Ley de reforma del Código Penal, de forma que las medidas de libertad vigilada se mantendrá solo para los delincuentes sexuales, tal y como establece la legislación vigente, y se suprimen las que se habían propuesto para otras figuras delictivas. 

En las enmiendas presentadas al articulado por el PP, también se propone que las agresiones a profesores y médicos se consideren atentado a la autoridad y que se puedan retirar las aplicaciones móviles que difundan pornografía infantil. 

La libertad vigilada, que en la legislación vigente solo se aplica a los delincuentes sexuales, se ampliaba con esta reforma a varias figuras delictivas, y tenía una duración mínima de tres años y máxima de cinco, siempre que la persona haya sido condenada a más de un año de prisión. 

La supresión de esta figura se enmarca en la retirada de la regulación de las medidas de seguridad, a las que renunciaron los populares durante la tramitación de la reforma del Código Penal en el Congreso. En concreto, el PP suprime las referencias a la libertad vigilada, de forma que se mantiene la regulación actual como una medida posterior al cumplimiento de pena por delitos sexuales. 

La libertad vigilada impone medidas de control judicial como localización mediante dispositivos electrónicos, comparecencias periódicas, prohibición de determinadas tareas que faciliten la comisión de este tipo de delitos o la obligación de someterse a terapias o tratamientos médicos, entre otras.

laSexta/ Noticias/ España