REBAJAN LA PETICIÓN DE PENAS
El joven que afronta tres años y medio de cárcel por robar un bocadillo alega que "tenía hambre"
La Fiscalía ha rebajado a tres años y medio de cárcel su petición de pena para un joven al que acusa de robar un bocadillo en una panadería de Barcelona, amenazando presuntamente a las dependientas con un trozo de lata, cuya defensa alega que actuó por un "estado de necesidad" ya que tenía hambre.
En el juzgado de lo penal número 28 de Barcelona se ha celebrado el juicio contra el joven, al que el ministerio público acusa de un delito de robo con violencia e intimidación utilizando un objeto metálico cortante, que el acusado asegura no era más que la lengüeta de una lata de bebida.
Por su parte, Mònica Caellas, abogada del acusado, ha pedido su libre absolución argumentando que los hechos no pueden calificarse de robo, dado que no hay "daño patrimonial" alguno en llevarse un bocadillo que las propias dependientas afirman se habría dado a beneficencia si no se hubiera vendido, y que, aunque lo fuera, su cliente actuó movido por un "estado de necesidad", lo que la doctrina denomina "hurto famélico".
De hecho, en su declaración en el juicio, el acusado ha reconocido que se abalanzó sobre el mostrador de la panadería para hacerse con un bocadillo porque "tenía hambre", después de que un cliente al que pidió ayuda se negara a comprarle algo de comer, pero ha insistido en que en ningún momento amenazó ni intimidó a nadie.
Las dependientas del local, por su parte, han explicado ante el juez que el acusado esgrimió ante ellas un objeto metálico "muy pequeño", que no han sabido identificar, y que tras hacerse con el bocadillo abandonó el local a toda velocidad.
Las testigos han reconocido que no avisaron a la policía en ese momento, pero sí dos horas más tarde, cuando el acusado, según su versión, regresó al establecimiento, al parecer con síntomas de embriaguez, y empezó a increparlas e insultarlas.
Durante ese segundo episodio, el acusado se autolesionó con el objeto que llevaba, lo que acredita el parte médico del centro que le atendió tras su detención, y reconoce el propio procesado, que ha afirmado que lo hizo para "llamar la atención". "No hay robo, porque no hubo daño patrimonial ni delito contra el propietario", ha sostenido la abogada del acusado, tras subrayar que "ni se ha podido determinar cuánto valía el bocadillo, ni se ha hecho ofrecimiento de acciones a la panadería".
Para pedir la absolución de su cliente, la abogada se ha remitido además a varias sentencias absolutorias de los llamados casos de "hurtos famélicos", en los que se aplica la eximente completa a personas que han cometido un delito bajo una situación de "estado de necesidad".
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