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A PARTIR DEL 19 DE ABRIL

La mascarilla dejará de ser obligatoria en espacios cerrados: ¿qué ocurre en el transporte público y en los coches privados?

¿Tendremos que llevarla cuando usemos el metro o el autobús? ¿Qué pasará cuando compartamos nuestro vehículo?

Esta semana, Carolina Darias (Ministra de Sanidad) comunicaba la decisión tomada sobre el uso de la mascarilla en interiores: dejará de ser obligatoria después de Semana Santa, concretamente, a partir del martes 19 de abril. No obstante, como buena norma, habrá algunas excepciones que nos afectan como conductores: ¿qué ocurrirá en el transporte público y en los coches privados?

El objetivo del Ministerio de Sanidad era eliminar esa orden imperativa el miércoles 13 de abril, justo antes de que comenzase, oficialmente, la Semana Santa. Teniendo en cuenta que este pequeño descanso es aprovechado por muchos para llevar a cabo desplazamientos y que es un momento en el que se producen numerosos encuentros y tienen lugar eventos con gran afluencia de gente, los expertos pidieron un aplazamiento.

Pareja en moto con mascarillas | Ezra Acayan/Getty Images

Finalmente, a partir del 19 de abril la mascarilla no será obligatoria en (casi) ningún espacio interior. Hacemos especial énfasis en ese “casi” porque la norma, como comentábamos antes, tiene algunas excepciones. Y una de ellas afecta a la movilidad: su uso seguirá siendo imperativo en el transporte público, pero ¿qué ocurre con los coches privados?

¿Cómo cambia la norma?

Vamos a recordar cómo están las cosas ahora para poder analizar los cambios que entrarán en vigor. Eso sí, debemos tener en cuenta que la nueva medida tiene que pasar todavía por el Consejo de Ministros, donde puede sufrir alguna ligera modificación.

Una mujer conduce con la mascarilla puesta | laSexta

Hasta el 19 de abril, la mascarilla será obligatoria “en los medios de transporte aéreo, en autobús o por ferrocarril incluyendo los andenes y estaciones de viajeros; en teleférico así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio; y en espacios cerrados de buques y embarcaciones cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros salvo grupos de convivientes”.

Transporte público

En este aspecto no hay cambios. La mascarilla seguirá siendo obligatoria para los mayores de seis años que hagan uso del metro, tranvía, Cercanías, autobús, taxi, vehículos VTC… Se mantienen las excepciones que están vigentes: podrán prescindir de ella aquellas personas que tengan una enfermedad o dificultad respiratoria que empeora con su uso, los que no puedan quitársela sin ayuda y quienes padecen trastornos o alteraciones de la conducta que hacen inviable su utilización.

Multa por la mascarilla | Efe

Coches privados

Aquí llega la principal diferencia con la situación actual. La Ministra de Sanidad sólo habló de los medios de transporte públicos, no mencionó los vehículos privados. Por lo tanto, cabe la posibilidad de que a partir del 19 de abril la mascarilla deje de ser obligatoria cuando viajemos en nuestro coche con personas que no vivan bajo nuestro mismo techo.

Las multas

Tampoco cambiarán las sanciones para aquellos que no respeten la nueva medida. Si una persona hace uso del transporte público, de un taxi o de un vehículo VTC sin usar la mascarilla estará cometiendo una infracción leve y podrá ser sancionada con una multa de hasta 100 euros.

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