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Todos los objetos prohibidos que no puedes llevar en la maleta de mano del avión

Si tienes pensado viajar en avión y no tienes muy claro que objetos puedes llevar contigo en la cabina o en la maleta de mano. A continuación te contamos todos los que están prohibidos.

En Viajestic nos encanta dar recomendaciones a la hora de viajar en avión, como por ejemplo los 3 colores de la maleta que tienes que evitar si no quieres perderla en el aeropuerto. Pero... ¿sabes exactamente qué objetos están prohibidos en el equipaje de mano?.

Líquidos en el equipaje de mano

En primer lugar, y si no te habías dado cuenta, desde el pasado 1 de octubre se revocó la norma que permitía llevar líquidos de más de 100ml en la maleta de mano del avión. Por lo tanto, a día de hoy, las normas para los líquidos son las siguientes:

Control de seguridad de los líquidos en el aeropuerto | iStock
  • Líquidos, geles y/o aerosoles a menos que estén introducidos en envases individuales con capacidad no superior a 100 mililitros.
  • Los envases deberán estar dentro de una bolsa transparente con sistema de apertura y cierre y con capacidad no superior a 1 litro.
  • Los contenidos de esta bolsa deben caber cómodamente en la misma. La bolsa debe estar completamente cerrada y presentarse para la inspección por separado del equipaje de mano.

Objetos prohibidos que no pueden viajar en el avión

  • Explosivos municiones, fulminantes, detonadores, espoletas, minas, granadas, bengalas, cargas explosivas de uso militar, fuegos de artificio, artículos de pirotecnia, botes de humo, cartuchos generadores de humo, dinamita, pólvora y explosivos plásticos.
  • Líquidos inflamables, tales como gasolina, gasoil, metanol, pinturas, barnices, aguarrás, disolventes, petróleo, adhesivos o alcohol.
  • Sólidos inflamables, tales como magnesio, encendedores de fuegos de artificio, películas de celuloide, azufre, carbón, fósforos o cerrillas; y en general sustancias inflamables bien por ser autorreactivas o de combustión
  • Sustancias oxidantes y peróxidos orgánicos, tales como lejía, kits de reparación de carrocerías, abonos o cloratos.
  • Sustancias tóxicas o infecciosas, tales cómo dispositivos discapacitadores, raticidas, venenos, muestras para diagnóstico, vacunas, insecticidas, herbicidas, pesticidas, arsénico, sangre infectada, bacterias o virus.
  • Material radiactivo, tales como productos farmacéuticos con isótopos radiactivos.
  • Corrosivos, tales como ácidos, alcalinos, aparatos con mercurio, acumuladores eléctricos, baterías para automóviles y aparatos accionados eléctricamente mediante baterías.
  • Pilas y baterías de litio, cigarrillos electrónicos (permitido su transporte solo en la cabina del avión) y otros artículos peligrosos, tales como kits de primeros auxilios, material ferro-magnético, hielo seco, y baterías de coche.
  • Equipos de seguridad tales como portafolios, cajas fuertes, sacos de dinero que incorporen baterías de litio o material pirotécnico. Las maletas inteligentes solo se aceptan si se retiran las baterías para llevarlas aparte en la cabina.
  • Gases comprimidos, licuados, licuados refrigerados o disueltos, tales como propano, butano, acetileno, oxígeno, nitrógeno, insecticidas, botellas de aire comprimido para bucear o recargas para encendedores.
  • Objetos tales como motores de combustible, material magnetizado, baterías de litio u organismos modificados genéticamente.
  • Dispositivos de oxígeno líquido y armas de electrochoque que contengan explosivos, gases comprimidos o baterías de litio.

Objetos prohibidos que no pueden viajar en cabina

  • Armas en general (pistolas, revólveres, rifles, escopetas, pistolas de juguete, reproducciones de armas de fuego, armas de aire comprimido, pistolas lanza-bengalas/de señalización, arcos para flechas, ballestas, arpones-fusiles de pesca, hondas, tirachinas). Si vas a transportar algún tipo de arma, debes contactar con un agente de facturación.
  • Dispositivos destinados específicamente a aturdir o inmovilizar (pistolas y bastones para aturdir, pistolas táser, aturdidores para animales, pistolas de matarife, macis, rociadores de sustancias picantes, aerosoles de pimienta, gases lacrimógenos, rociadores de ácido, aerosoles repelentes de animales).
  • Armas u objetos punzantes o con aristas (hachas, piquetas para hielo, navajas, cuchillas de afeitar, cortadores de cajas, flechas, dardos, arpones, jabalinas, espadas, sables, equipos de artes marciales cortantes, tijeras, cuchillos y cualquier otro objeto punzante)
  • El transporte o envío de herramientas de trabajo como palancas, martillos, taladros, sierras, sopletes, radiales, pistolas grapadoras, etc. está únicamente permitido como carga.
  • Instrumentos contundentes (bates, palos de golf, porras, remos, monopatines, cañas de pesca, equipos para artes marciales, tiragomas).
  • Sustancias y dispositivos que puedan o parezca que pueden causar heridas graves o amenazar la seguridad de la aeronave (municiones, fulminantes, detonadores, imitaciones de dispositivos explosivos, minas, granadas, pirotecnia, cartuchos generadores de humo, dinamita, pólvora, explosivos plásticos).
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