Para recuperar lo que has pagado
Tras la sentencia del Tribunal Constitucional, miles de multas impuestas durante el confinamiento pueden ser declaradas 'nulas'. ¿Cómo podemos reclamar sus importes?
2020 será un año que retendremos en la memoria colectiva durante décadas y décadas, suponiendo un cambio radical en nuestras vidas. La llegada de una pandemia que, literalmente, paralizó el mundo entero durante varios meses cambió nuestra forma vivir. En concreto, los españoles tuvieron que enfrentarse a situaciones inéditas como diversos estados de alarma o un confinamiento colectivo que nos mantuvo en casa durante algo más de 3 meses.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional el primer confinamiento, una declaración que a efectos prácticos anula miles y miles de multas que se impusieron durante este tiempo, multas que ahora sus "dueños" pueden llegar a reclamar. Hablamos de sanciones por saltarse el toque de queda o por viajar a otras comunidades autónomas cuando esto no era posible.
Guía de la DGT para evitar multas de hasta 600 euros por exceso de velocidad en la ciudad
¿Es posible ganar los recursos?
Según Legálitas, es muy posible recurrir las multas y que el recurso prospere. Básicamente, se trata de alegar que se trata de multas impuestas basándose en un marco jurídico y legal que ha sido declarada inconstitucional. Por ello, todas esas sanciones se deberían declarar "nulas" tras la correspondiente reclamación. ¿Qué sucede con las multas que ya han sido abonadas?
La sentencia también permite, en teoría, reclamar el importe abonado por estas sanciones, de manera que es posible recuperar el dinero pagado si nos atenemos al artículo 40 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, aunque es cierto que este precepto está sujeto a cierta interpretación por parte de los juristas, de manera que no se puede garantizar la devolución de los importes ya pagados.
Si crees que se te ha impuesto una sanción que consideras injusta, y se te impuso a consecuencia de alguna de las normas derivadas de la aplicación del primer estado de alarma, es posible que si pones un recurso éste se resuelva a tu favor, aunque eso no signifique, eso sí, la devolución de todo lo que pagaste.