¿QUÉ VEHÍCULOS ESTÁN EXENTOS?
Pasar la ITV es un trámite que ya desde este 2023 algunos usuarios no van a tener que realizar. Se trata de una medida que afecta a unos pocos, pero... ¿qué vehículos están exentos de llevar a cabo esta inspección periódica?
En España, las Inspecciones Técnicas de Vehículos (ITV) desempeñan un papel fundamental en la seguridad vial y la protección del medio ambiente. Estas inspecciones periódicas, de carácter obligatorio, aseguran que los vehículos en circulación cumplan con los estándares de seguridad y emisiones establecidos por las autoridades. La ITV verifica la adecuación de aspectos como frenos, luces, neumáticos y emisiones contaminantes, garantizando que los vehículos sean aptos para circular de manera segura y respetuosa con el medio ambiente.
La frecuencia de las inspecciones varía según la edad y el tipo de vehículo, pero su cumplimiento es esencial para mantener altos niveles de seguridad en las carreteras españolas y reducir el impacto ambiental de la flota automovilística. Sin embargo, ya desde este 2023 hay ciertos cambios en la normativa que regula el funcionamiento de la ITV, cambios que eso sí, afectan a unos pocos vehículos que desde este año están completamente exentos de pasar cualquier tipo de ITV.
La llegada de las Zonas de Bajas Emisiones a buena parte del territorio español ha provocado una aceleración en los trámites para que algunos vehículos queden exentos tanto de las restricciones a la circulación como de superar las inspecciones técnicas. En concreto, son vehículos tanto de cuatro como de dos ruedas, cada cual con sus características concretas. En el caso de los vehículos de dos ruedas, de las motos, los ciclomotores catalogados como históricos ya no tienen que superar ningún tipo de inspección técnica.
Por otro lado, en el caso de los coches, aquellos vehículos catalogados como históricos que se hayan matriculado antes del 1 de enero de 1950 quedan ya exentos de acudir a la ITV, de forma que no tienen la obligación de superar ningún tipo de inspección. Por otro lado, los vehículos matriculados como históricos con más de 30 años de antigüedad sólo tienen que acudir una vez cada dos años a la ITV, y los que tienen más de 45 años, cada 4 años.
Eso sí, esta exención es completamente voluntaria: los usuarios que quieran que sus vehículos sigan siendo inspeccionados de manera regular pueden hacerlo con total libertad aunque, eso sí, tendrán que abonar los costes de las revisiones como si de cualquier otro vehículo se tratase.